Viabilidad de nuevos modelos de autogeneración eléctrica. Ley 1715 de energías renovables

Viabilidad de nuevos modelos de autogeneración eléctrica. Ley 1715 de energías renovables

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La cuestión energética, además de ser uno de los aspectos económicos, sociales y geopolíticos trascendentales a nivel mundial, regional y nacional, se ha constituido en asunto de vital interés de los colombianos y en elemento prioritario para el funcionamiento empresarial, involucrando el aprovisionamiento y consumo de energía, cada día más, a todos los niveles administrativos y, especialmente, a las personas como eje fundamental en la operación y autocontrol de las diversas actividades productivas.

Particularmente en Colombia, el tema energético cobra especial importancia ante la nueva realidad propiciada por la promulgación el pasado 13 de mayo de este año de la Ley 1715 “Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional”. Esta ley es considerada la base legal que permitirá la Democratización Energética en el país con la viabilizarían, estructuración y fomento de generación de electricidad a pequeña escala en viviendas de mayor capacidad en comunidades, industrias, centros comerciales y demás establecimientos, para su auto-consumo conectados a la red pública, con la posibilidad de aportar al sistema energético nacional sus excedentes eléctricos.

Adicionalmente a la Ley 1715 y su reglamentación en curso, la sociedad en general y los sectores energéticos y productivos están pendientes de la próxima ocurrencia del  “Fenómeno del Niño”, del persistente debate sobre un eventual decrecimiento en el corto plazo de nuestro envidiado potencial hidroeléctrico, así como nuestras controvertidas y cuestionadas reservas y consumo interno de carbón, petróleo y gas natural, además de la entrada cercana del funcionamiento del nuevo modelo de comercialización de gas natural, incluida la importación de este combustible.

De otro lado, en nuestro medio es evidente el interés y participación de los diversos sectores en las actividades de difusión y sensibilización sobre la conveniencia económica y necesidad ecológica de establecer por parte de todas  las entidades, planes y acciones de Uso Racional de Energía - Eficiencia Energética, en el estudio, con propósitos de acogimiento de la norma internacional ISO 50.001 (y complementarias) sobre Sistemas de Gestión Energética en diversas organizaciones.

Consecuentemente, el Ministerio de Minas y Energía ha anunciado la creación de una Agencia de la Eficiencia  Energética, de carácter público-privado y se encuentran en desarrollo varios grupos intersectoriales con activas mesas de trabajo para la concertación de acciones y proyectos de eficiencia energética en el sector industrial.

Aspectos destacables de la ley 1715 del 13 de mayo de 2014:
“Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al sistema energético nacional”.

Es importante señalar que esta Ley, de origen parlamentario, ha contado con un consenso ejemplar en todos los sectores políticos y económicos del país; hizo un tránsito relativamente rápido en el Congreso de la República y ha contado con la permanente colaboración de los diferentes organismos estatales, quienes han prestado una decidida asesoría tanto en la formulación conceptual como en la redacción de los textos pertinentes.

Actualmente las entidades competentes adelantan la reglamentación asignada por la Ley. La Unidad de Planeación Minero Energética – Upme ha realizado cinco Talleres de presentación y discusión del proceso de reglamentación de la Ley. A su vez, el Ministerio de Minas y Energía y la Comisión de Regulación de Energía y Gas – Creg han sometido a consulta algunas resoluciones de reglamentación. Aunque el plazo ordenado por la Ley al Ministerio de Minas y Energía para su reglamentación es de un año, a partir de su expedición, la Upme  ha publicado un cronograma según el cual la reglamentación se expedirá en Diciembre del presente año.

Entre los múltiples aspectos novedosamente positivos de laLey, conviene destacar los siguientes:

El Objeto textual de la Ley es la “Promoción y fomento de las fuentes no convencionales de energía, principalmente las de carácter renovable, en el sistema energético nacional, mediante la integración de las mismas al mercado eléctrico”.

La promoción de la autogeneración de electricidad a pequeña y gran escala, definida como “actividad realizada por personas naturales o jurídicas que producen energía eléctrica principalmente, para atender sus propias necesidades.”

Entrega de excedentes: se autoriza a los autogeneradores a pequeña y gran escala a entregar sus excedentes a la red de distribución y/o transporte. Lo anterior aplicará una vez la CREG expida la regulación correspondiente.

La instalación de contador bidireccional definido en la Ley como el “Contador que acumula la diferencia entre los pulsos recibidos por sus entradas de cuenta ascendente y cuenta descendente”.

Para el caso de los autogeneradores a pequeña escala que utilicen Fuentes No Convencionales de Energía Renovables - FNCER, los excedentes que entreguen a la red de distribución se reconocerán, mediante un esquema de medición bidireccional, como créditos de energía, según las normas que la CREG defina para tal fin.

La posibilidad de venta de créditos de energía. Aquellos autogeneradores que por los excedentes de energía entregados a la red de distribución se hagan acreedores de los créditos de energía, podrán negociar dichos créditos y los derechos inherentes a los mismos con terceros naturales o jurídicos.

La Creación del FENOGE: Fondo de Energías no convencionales y Gestión Eficiente de la Energía, con recursos públicos y privados, nacionales, multilaterales e internacionales, administrados por una Fiducia.

Incentivos tributarios: reducción en la renta hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor total de la inversión realizada en producción de energía a partir de FNCE y en gestión eficiente de energía, por 5 años.

Incentivos tributarios: IVA. Los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la pre-inversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de las fuentes no convencionales, así como para la medición y evaluación de los potenciales recursos estarán excluidos de IVA.

Incentivo arancelario: exención del pago de los derechos arancelarios de Importación de maquinaria, equipos, materiales e insumos destinados exclusivamente para labores de pre-inversión y de inversión de proyectos con  FNCE - Fuentes no Convencionales de Energía.

Incentivo contable: depreciación acelerada de activos aplicable a las maquinarias, equipos y obras civiles necesarias para la pre-inversión, inversión y operación de la generación con FNCE.

Fortalecimiento del Programa de Uso Racional y Eficiente de EnergíaPROURE con la asignación de presupuesto y establecimiento de objetivos concretos.

Reglamentación de proyectos de energía solar en vivienda, industria y comercio. El Gobierno Nacional a través del Ministerio de Minas y Energía, Ministerio de Vivienda y Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el marco de sus funciones, fomentarán el aprovechamiento del recurso solar en proyectos de urbanización municipal o distrital, en edificaciones oficiales, en los sectores industrial, residencial y comercial.

Sustitución de la generación con diesel en zonas no interconectadas. El Gobierno Nacional implementará un programa destinado a sustituirprogresivamente la generación con diésel en las ZNI con el objetivo de reducir los costos de prestación del servicio y las emisiones de gases contaminantes.

Respuesta de la demanda: consiste en cambios en el consumo de energía eléctrica por parte del consumidor, con respecto a un patrón usual de consumo, en respuesta a señales de precios o incentivos diseñados para inducir bajos consumos.

Autoconsumo total y balance neto: conceptos

Tipos de instalaciones: Según su conexión y funcionamiento con respecto a la red de distribución pública, las instalaciones auto-generadoras se clasifican así:

Autoconsumo total o Instalaciones auto-generadoras aisladas: aquellas en las que no existe conexión eléctrica alguna con la red de distribución pública.

Conexión híbrida: o Instalaciones auto-generadoras asistidas: aquellas en las que existe una conexión con la red de distribución eléctrica, pero sin que los generadores puedan estar trabajando en paralelo con ella.

Balance Neto o “net metering” o instalaciones auto-generadoras interconectadas: aquellas que están normalmente trabajando en paralelo con la red de distribución eléctrica pública.

Este es el tipo de operación establecido por la Ley 1715. Cuando la electricidad generada por viviendas, comunidades, industrias, centros comerciales y demás establecimientos que no es auto-consumida instantáneamente se vierte a la red para posteriormente ser compensada por energía consumida o por créditos transables con terceros.

Con este tipo de conexión y operación la red de distribución eléctrica pública servirá como batería, para que los excedentes de electricidad auto-generada sean consumidos por otros usuarios y en cierta forma por el propio auto-generador durante sus horas pico de consumo cuando su demanda es mayor que su autoproducción eléctrica instantánea.

¿Nuevo modelo energético?

¿Hacia la democratización energética en Colombia?
La promulgación de la Ley 1715 del 13 de Mayo de 2014 es considerada como el inicio de una nueva etapa en la historia de la electricidad colombiana luego de la fase inicial de electrificación por parte de pioneros extranjeros y colombianos, desde fines del Siglo XIX hasta 1928, cuando se estableció el monopolio estatal de generación, transmisión, distribución y comercialización de electricidad, principalmente de origen hidráulico. En virtud de la nueva Constitución Política de 1991, se permitió la participación de particulares en la prestación de servicios públicos y se emitieron la Ley 142 de Servicios Públicos y la Ley 143, conocida como la Ley Eléctrica. En desarrollo de esta legislación se estableció el actual esquema operativo del Sector Eléctrico.

La filosofía del esquema implantado mediante la Ley Eléctrica de 1994 fue establecer el régimen de las actividades de generación, interconexión, transmisión, distribución y comercialización, el aprovechamiento económico de las fuentes convencionales y no convencionales de energía, dentro de un manejo integral eficiente y sostenible de los recursos energéticos del país, promover el desarrollo de tales fuentes, la libre competencia, impedir prácticas que constituyan competencia desleal o abuso de posición dominante en el mercado y que las actividades relacionadas con el servicio de electricidad se regirán por principios de eficiencia, calidad, continuidad, adaptabilidad, neutralidad, solidaridad y equidad.

Sin embargo, la realidad presente del sector muestra que de los 62.167 GWh generados durante el pasado año (2013) en Colombia, el 60.6% fue producido por tres empresas. Se registra la inscripción de 47 empresas como agentes generadores, pero 24 de ellas apenas participaron con el 1 % de la generación eléctrica del país durante todo el año pasado.

De otro lado, las cifras muestran que el aprovechamiento de nuestro potencial en energías renovables no convencionales ha sido cercano a la nulidad en nuestro país. Según un documento reciente de la Unidad de Planeación Minero Energética – Upme, la capacidad instalada de energía solar fotovoltaica es de 4.5 MW, lo cual representa apenas el 0.3 por mil de la capacidad actual instalada de generación eléctrica de Colombia. El mismo documento registra solamente la generación eólica en Jepirache, de 19 MW, que indicaría que la capacidad de generación eólica en Colombia corresponde al 1.3 por mil de la capacidad actual instalada de generación eléctrica.

La legislación actual clasifica a los agentes generadores conectados al Sistema Interconectado Nacional como: generadores, (efectúan sus transacciones de energía en el mercado mayorista de electricidad, normalmente con capacidad instalada superior a 20 MW); plantas menores (con capacidad instalada inferior a los 20 MW); autogeneradores (producen energía eléctrica exclusivamente para atender sus propias necesidades. Usa la red pública para fines de obtener respaldo) y cogeneradores (producción combinada de energía eléctrica y energía térmica, que hace parte integrante de una actividad productiva).

Viabilidad económica de autogeneración en Colombia. Análisis oficial de la energía solar fotovoltaica
Para comparar distintas tecnologías se utiliza el concepto de Costo Nivelado de la Electricidad, conocido como LCOE(“ Levelized Cost of Electricity”). Internacionalmente se acostumbra a expresar este costo unitario en dólares americanos por energía generada (USD $/kWh). Para el cálculo del LCOE se tiene en cuenta los diferentes costos involucrados durante toda la vida útil de producción de energía, tales como los costos de inversión (Capex), los costos de operación (Opex), entre ellos el costo de combustible (en la producción de energía con fuentes fósiles), los costos de mano de obra operativa y demantenimiento, el costo financiero de los recursos. Igualmente se afecta por las externalidades (costos medio ambientales, sociales, etc.) que ocasiona cada fuente energética.

El siguiente cuadro presentado recientemente por la Unidad de Planeación Minero Energética muestra que en Colombia la energía solar fotovoltaica ha alcanzado la “paridad con la red”. Esto significa que para un consumidor final de electricidad en  Colombia resulta económica y financieramente conveniente instalar paneles solares para autogenerar su electricidad puesto que el costo de producir su electricidad solar fotovoltaica (LCOE FV) es inferior (en Cali, Barranquilla y Riohacha) que el valor de la energía comprada actualmente (CU residencia) y tales costos son cercanos en Bogotá y Medellín.

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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, anunció, mediante comunicado de prensa, que las exportaciones del sector manufacturero completaron cinco meses consecutivos de crecimiento. De acuerdo con la entidad, en febrero, el comportamiento positivo de las exportaciones colombianas estuvo impulsado por las ventas externas del sector agropecuario y de alimentos (9 %) y de los combustibles (8,9 %). La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, manifestó su satisfacción por el resultado y explicó que la recuperación de la economía global incidió en el buen desempeño de las exportaciones colombianas. “El alza que muestran las exportaciones manufactureras es muy relevante. Esto es resultado de la política de diversificación de la oferta exportable en la que estamos empeñados y del trabajo de profundización y aprovechamiento de los acuerdos comerciales. Invito a los empresarios a seguir trabajando juntos en este proceso”, señaló la ministra Gutiérrez. El incremento de las ventas externas manufactureras en febrero estuvo impulsado por diferentes bienes. Productos como equipos de transporte (148,3%),  manufacturas de caucho (112,5%), abonos (97,6%), equipos y materiales fotográficos (93,1%), manufacturas de corcho y madera (89%), plásticos en formas primarias (78,5%), hierro y acero (51%), edificios prefabricados (46,5%), manufacturas de minerales no metálicos (46,3%) y productos medicinales y farmacéuticos (38,9%), entre otros, impulsaron esta clase de ventas. En cuanto al sector de las exportaciones agropecuarias y de alimentos se destacan productos como: pescado (155,9%), azúcares y preparados con azúcar y miel (111,7%), tabaco y sus productos (77,4%), aceites y grasas fijos de origen vegetal (71,6%), pienso para animales (50,7%), carne y preparados de carne (45,9%) y bebidas (42,5%), entre otros. Por otro lado, las exportaciones totales colombianas en el primer bimestre aumentaron 13,9 % al compararlas con igual periodo de 2017. Las manufactureras crecieron 20,5%, las agropecuarias y de alimentos 17,7% y las de combustibles 15,3% en los dos primeros meses del 2018. Argentina, con un incremento de 158%, Paraguay (133,2%), Canadá (135,4%), Austria (119,7%), Francia (83,4%), Corea del Sur (40,5%), Costa Rica (15,7%) y Estados Unidos (4,6%) son algunos de los socios comerciales a los que más crecieron las exportaciones colombianas en los dos primeros meses de este año.El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, anunció, mediante comunicado de prensa, que las exportaciones del sector manufacturero completaron cinco meses consecutivos de crecimiento. De acuerdo con la entidad, en febrero, el comportamiento positivo de las exportaciones colombianas estuvo impulsado por las ventas externas del sector agropecuario y de alimentos (9 %) y de los combustibles (8,9 %). La ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, manifestó su satisfacción por el resultado y explicó que la recuperación de la economía global incidió en el buen desempeño de las exportaciones colombianas. “El alza que muestran las exportaciones manufactureras es muy relevante. Esto es resultado de la política de diversificación de la oferta exportable en la que estamos empeñados y del trabajo de profundización y aprovechamiento de los acuerdos comerciales. Invito a los empresarios a seguir trabajando juntos en este proceso”, señaló la ministra Gutiérrez. El incremento de las ventas externas manufactureras en febrero estuvo impulsado por diferentes bienes. Productos como equipos de transporte (148,3%),  manufacturas de caucho (112,5%), abonos (97,6%), equipos y materiales fotográficos (93,1%), manufacturas de corcho y madera (89%), plásticos en formas primarias (78,5%), hierro y acero (51%), edificios prefabricados (46,5%), manufacturas de minerales no metálicos (46,3%) y productos medicinales y farmacéuticos (38,9%), entre otros, impulsaron esta clase de ventas. En cuanto al sector de las exportaciones agropecuarias y de alimentos se destacan productos como: pescado (155,9%), azúcares y preparados con azúcar y miel (111,7%), tabaco y sus productos (77,4%), aceites y grasas fijos de origen vegetal (71,6%), pienso para animales (50,7%), carne y preparados de carne (45,9%) y bebidas (42,5%), entre otros. Por otro lado, las exportaciones totales colombianas en el primer bimestre aumentaron 13,9 % al compararlas con igual periodo de 2017. Las manufactureras crecieron 20,5%, las agropecuarias y de alimentos 17,7% y las de combustibles 15,3% en los dos primeros meses del 2018. Argentina, con un incremento de 158%, Paraguay (133,2%), Canadá (135,4%), Austria (119,7%), Francia (83,4%), Corea del Sur (40,5%), Costa Rica (15,7%) y Estados Unidos (4,6%) son algunos de los socios comerciales a los que más crecieron las exportaciones colombianas en los dos primeros meses de este año.

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